ANTECEDENTES
La pesca en España es una actividad que se remonta a tiempo inmemoriales, comenzó como un recurso alimenticio pero probablemente al poco tiempo también empezó a ser una actividad de esparcimiento para las tribus primitivas.
La pesca como actividad de ocio y deportiva empieza a ser muy importante en el siglo XVIII, y es a principios del siglo XX cuando esta actividad pasa a tener una gran importancia para una gran parte de la población española. Se calcula que un 30% de la población ha pescado en algún momento de su vida y que una de cada 10 personas en España tiene útiles de pesca en sus domicilios.
La regulación de la actividad de la pesca continental ha tenido en nuestro país varias normativas diferentes (ver punto de normativa ambiental), pero los pescadores de ocio y deportivos en España siempre han podido ejercer su afición siguiendo la Ley y sin mayores problemas.
La Sentencia 637/2016, de la Sección Quinta de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que modifica el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras ha creado un nuevo escenario que modifica por completo la actividad de la pesca continental.
Esta sentencia genera una nueva situación, al incluir a la carpa y a la trucha arco-iris en dicho Catálogo y anular la disposición transitoria segunda que permitía la pesca de las especies exóticas incluidas en la Catálogo, en aquellas localizaciones donde se hubiera introducido legalmente con anterioridad a 2007, según delimitación de las Comunidades Autónomas.
Los impactos socioeconómicos, de ocio y deportivos, derivados de esta nueva situación afectarán no sólo a los pescadores y a la pesca en sí, sino a los sectores y actividades vinculados directa e indirectamente con esta actividad. Las administraciones autonómicas verán alteradas las recaudaciones por las tasas sobre la actividad de la pesca, y normativamente tendrán que modificar sus órdenes generales de vedas donde establecen los periodos, lugares y modalidades de pesca.
La actividad deportiva de la pesca continental tiene como especies emblemáticas, aparte de la trucha y el salmón (especies autóctonas), a las especies exóticas como son el lucio, la carpa, el black bass y trucha arco iris, cuya distribución en el territorio español no está uniformemente repartida, habiendo presencia, en algunas regiones, exclusivamente de especies exóticas de interés deportivo. ADAP.
Ante esta nueva situación legislativa y en un marco sociopolítico complejo en nuestro país se crea una situación de indefinición que ha llevado a los todos los afectados por esta Sentencia del Tribunal Supremo a organizarse, en menos de 2 meses, y hacer la mayor manifestación pública reivindicativa de sus derechos que se ha producido en España en los últimos tiempos.
Más de 150.000 personas (según fuentes de la policía), se manifestaron por las calles de Madrid el 5 de junio de 2016, reivindicando sus derechos a poder seguir practicando su actividad de ocio y deportiva favorita.
No se sabe con seguridad, en el momento actual, a julio de 2016, que alcance tendrá finalmente esta Sentencia del Tribunal Supremo, pero lo lógico es que a corto plazo se cambie el Real Decreto que regula el Catálogo de Especies Invasoras y a medio plazo se cambie la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y sus modificaciones en 2015.
Ante este marco jurídico y socioeconómico La Asociación de Distribuidores de Artículos de Pesca (ADAP), ha contratado a la consultora ASESORÍA DE PROYECTOS AMBIENTALES Y SOCIALES, s.l. (ASPA), para realizar un estudio que analice en profundidad la situación creada.

INFORME CIENTÍFICO, SOCIOECONÓMICO ...

RESUMEN DE ALGUNAS DE LAS OPINIONES RECOGIDAS DE LÍDERES DE OPINIÓN

Resumen sobre las conclusiones finales sobre las repercusiones económico sociales sobre la aplicación de LA SENTENCIA 637

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